REF: CONTRATO EDUCATIVO  –  CONDICIONES GENERALES ARANCELES 2025

REF: CONTRATO EDUCATIVO – CONDICIONES GENERALES ARANCELES 2025

Estimados padres:

Tenemos el agrado de dirigirnos a Uds. para informarles, en el marco de las normas vigentes, los siguientes temas a tener en cuenta el año próximo.

El derecho de inscripción y/o la reinscripción supone por parte de los padres y de los/as alumnos/as el conocimiento y aceptación de la Misión, las Normas de Convivencia y los Acuerdos Institucionales de Convivencia, que constituyen el reglamento interno de nuestro Colegio, forman parte de la presente y que les han sido entregados oportunamente.

La presente comunicación podrá verse afectada por cambios en el marco normativo que rige el sistema de determinación de aranceles. En caso de corresponder el Colegio adaptará esta comunicación a las pautas que oportunamente se establezcan.

Para poder proceder a la reserva de la vacante y/o a la reinscripción del año 2025 al menos uno de los padres deberá prestar conformidad al presente contrato educativo antes del 10 de octubre de 2024 conforme lo establece el punto 21) del presente Contrato Educativo y en caso de no hacerlo, el Colegio podrá disponer de la vacante.

  • DERECHO DE INSCRIPCIÓN/REINSCRIPCIÓN 2025:
  Monto
Sala de 3 (hermanos/as) $ 408.214
Familias nuevas Sala de 3 $ 426.658
Sala de 4 (actuales) $ 451.951
Sala de 4 (hermanos/as) $ 476.853
Familias nuevas Sala de 4 $ 501.950
Sala de 5 (actuales) $ 743.524
Sala de 5 (hermanos/as) $ 752.925
Familias nuevas Sala de 5 $ 778.023
Actuales Primaria 1º a 3º $ 776.778
Actuales Primaria 4º a 6º $ 888.741
Actuales Secundaria 1º a 4º $ 1.105.678
Actuales Secundaria 5º y 6º $ 1.175.663
Hermanos/as Primaria 1º a 3º $ 809.144
Hermanos Primaria 4º a 6º $ 925.772
Hermanos Secundaria 1 a 4º $ 1.151.747
Hermanos Secundaria 5º y 6º $ 1.224.648
Familias nuevas Primaria* $ 1.341.264
Familias nuevas Secundaria* $ 1.550.251

*Si hubiera más de un hijo ingresante de una familia nueva, el mayor abonará según este punto, y los restantes como hermano/a.

2) FORMAS DE PAGO DEL DERECHO DE INSCRIPCIÓN/REINSCRIPCIÓN 2025 Y ARANCELES MENSUALES

Todos los derechos mencionados en el punto 1) se abonarán: a) con factura en los Bancos PATAGONIA y HSBC, b) por “Pagomiscuentas” (ingresando por la opción “Establecimientos Educativos” – Cardenal Newman – nro. de familia que se encuentra en la factura) o c) con débito automático en cuenta corriente o caja de ahorro. Invitamos a aquellos que aún no se han adherido a solicitar los formularios en Administración.

3) VENCIMIENTO DEL PAGO DEL DERECHO DE INSCRIPCIÓN/REINSCRIPCIÓN 2025:

  1. a) El Derecho de Inscripción/Reinscripción tendrá como primer vencimiento el 6 de diciembre de 2024, habrá un segundo vencimiento que será el 12 de diciembre de 2024 y un tercer vencimiento que será el 18 de diciembre de 2024, después del cual la vacante podrá ser adjudicada a otro/a candidato/a a total discreción del Colegio sin posibilidad de reclamo alguno respecto del Derecho de Inscripción/Reinscripción no ejercida. En el caso de las familias nuevas, el pago de la reserva deberá hacerse antes del 1er. vencimiento.
  2. b) En aquellos casos en que la familia opte por renunciar en forma voluntaria a la vacante retirando al alumno/a del Colegio en cualquier momento del ciclo lectivo por cualquier motivo incluyendo el de mudanza al interior del país o al exterior ya sea en forma permanente o temporaria, la vacante podrá ser adjudicada a otro/a candidato/a a total discreción del Colegio sin posibilidad de reclamo posterior alguno respecto a la renuncia voluntaria de la vacante.

En ningún caso debe interpretarse que la vacante estará disponible en el futuro cuando la familia eventualmente se mude del interior al AMBA, regrese al país o decida reincorporar al alumno/a al Colegio. En caso de que en el futuro la familia decida reinscribir al alumno/a en el Colegio deberá seguir el proceso de ingreso para el año que corresponda y se tendrá en cuenta la lista de espera que exista al momento de la petición no existiendo derecho de prioridad especial alguno respecto de la vacante a la cual se ha renunciado en forma voluntaria en el pasado.

4) MORA EN EL PAGO DE LAS CUOTAS:

No se aceptará la reinscripción de alumnos/as cuyo pago de cuotas y/o recargos por mora no estén al día, salvo la expresa autorización del Colegio.

5) DEVOLUCIÓN DEL DERECHO DE INSCRIPCIÓN/REINSCRIPCIÓN SI SE DESISTE DE LA INSCRIPCION:

El Colegio devolverá la suma abonada en concepto de Reserva de Vacante y en su caso, en concepto de Derecho de Inscripción/Reinscripción, en los siguientes casos:

  1. a) Si la familia solicita la cancelación de la reserva de vacante antes del 30 de diciembre de 2024.
  2. b) Si el Colegio desistiera de la reserva, las sumas serán reintegradas en su totalidad.

6) VENCIMIENTO DE CUOTAS:

Las fechas de los vencimientos estarán indicadas en la factura, y serán aproximadamente entre el 6 y el 22 de cada mes, para el primero, segundo y tercer vencimiento.

7) ARANCELES 2025:

Se indican a continuación el valor de los aranceles vigentes para el ciclo 2025.

Como se ha hecho en forma sostenida en los últimos años, la Dirección del Colegio podrá disponer el otorgamiento de bonificaciones sobre los presentes aranceles, así como su renovación.

Para la determinación del porcentaje de dicha bonificación se tendrá en cuenta la situación económica general y el nivel de aumento del costo de vida al momento de otorgarse en el mes de febrero de 2025. Oportunamente se les informará el porcentaje de bonificación aplicado sobre los aranceles que aquí se informan.

Los aranceles serán facturados en 10 cuotas mensuales (de febrero a noviembre).

Respecto al servicio de comedor, el mismo es de carácter optativo y se cobra desde el inicio de las clases.  A modo de referencia, mencionamos un ejemplo de 20 días de consumiciones a valores 2024 que podrán sufrir variaciones según los precios del concesionario. El Colegio también brinda la opción de traer vianda.  Durante el mes de marzo, las familias podrán optar por el sistema de comedor adelantado a través de la página web / Handing del Colegio.

Valor comedor mensual Sala de 3 y 4   Sala de 5
16  días $ 110.640          —
20 días         —    $ 138.300
     
1 a 3 Prim. 4 a 6 Prim. Secundaria
Valor comedor promedio 20 días $ 159.900 $ 165.660 $ 168.540

Oportunamente se enviarán los valores y el menú definido por el concesionario del comedor.

Otros conceptos periódicos:

  1. El Colegio cobra como reintegro de gastos fotocopias, materiales, los viajes de estudio, etc. cuyos montos serán informados oportunamente.
  2. Mantenimiento Servicio Educativo (ver punto 11)
  3. Cuota Solidaria por fallecimiento (ver punto 12)

8) REAJUSTES:  

Los importes de aranceles que se indican en la presente podrán ser modificados en caso de disponerse y/o entrar en vigencia aumentos y/o cambios en la composición de los salarios del personal docente en fecha posterior a la emisión de esta Comunicación/Contrato. En tal caso, el Colegio se reserva la facultad de prorratear los incrementos salariales que se vea obligado a otorgar al personal docente de acuerdo al procedimiento establecido en el artículo 9° del Decreto 2417/93.

9) CONSEJO DE EDUCACION CATOLICA (C.E.C):

En forma mensual, entre los meses de febrero y noviembre, se percibe con carácter obligatorio la suma de $ 2.057 (Pesos dos mil cincuenta y siete.) por alumno/a en concepto de Consejo de Educación Católica.

El Colegio traslada íntegramente al Obispado lo recaudado por este rubro de la cuota.

10) COMISION DE PADRES:  

El concepto “Comisión de padres” constituye un fondo para cubrir gastos de distinta índole. Ej.: Conferencias y charlas organizadas por la Comisión, gastos derivados del funcionamiento de la oficina de la Comisión en el Colegio, gastos relacionados con la organización de eventos (Christmas Treasures, comuniones, cena de egresados, etc.), otras actividades y proyectos propios de la Comisión. Este concepto es obligatorio.

Junto con cada factura de arancel, se cobrará una cuota de 8.245 (Pesos ocho mil doscientos cuarenta y cinco) por familia.

 

 

11) CUOTA “MANTENIMIENTO DEL SERVICIO EDUCATIVO”:

Esta cuota, que es obligatoria, se cobra a los/as alumnos/as que cursan la escolaridad inicial y primaria, y es igual al arancel programático del mismo mes. El Colegio intentará poner al cobro sólo el 65% de dicha cuota, absorbiendo el 35% restante como costo. En el 2025 se facturará este concepto en 6 cuotas mensuales, cada una igual a un sexto del total en los meses de junio, julio, agosto, septiembre, octubre y noviembre.

12) CUOTA SOLIDARIA POR FALLECIMIENTO:

Esta cuota solidaria es obligatoria y tiene por propósito asumir el pago fraternal de los aranceles de aquellos/as alumnos/as que tuvieren que sobrellevar el fallecimiento del progenitor responsable de pago (titular de la factura). La cobertura alcanzará la trayectoria escolar obligatoria del alumno/a hasta la finalización de sus estudios en el Colegio Cardenal Newman, no mediando su retiro voluntario o la cesación del beneficio.  El monto de la cuota solidaria será incluido en la facturación de junio, septiembre y reserva de vacante. El beneficio no contempla las sumas correspondientes a matriculación, viajes de estudio, y otros conceptos extracurriculares no obligatorios, etc.

El otorgamiento del beneficio no restringe la facultad del Colegio de separar del establecimiento al alumno/a ni de ejercer el derecho de admisión ante el incumplimiento de los Reglamentos y Acuerdos de convivencia y/o cuando mediaren razones para ello y fuera debidamente justificado, con la consiguiente cesación del beneficio otorgado.

Este beneficio no es aplicable en el caso de que el responsable de pago sea distinto al progenitor.

La contribución por este concepto que se facturará en el Derecho de Inscripción/Reinscripción es de $ 12.550.- por alumno/a.

13) ARANCELES EXAMENES OBLIGATORIOS DE INGLES:

Los exámenes internacionales de la Universidad de Cambridge son parte integral de la currícula del Colegio, y, por ende, todos los/as alumnos/as del Colegio deben rendirlos en forma obligatoria. En virtud de ello, adicionalmente a las cuotas se deberán abonar con carácter obligatorio los aranceles anuales de los exámenes que se detallan a continuación. El valor de los mismos, cada año, es determinado en dólares estadounidenses por la mencionada Universidad. Los mismos serán facturados en 3 cuotas en los meses de mayo, junio y julio. A modo de referencia se indican los costos anuales aproximados de los mismos devengados durante el ciclo lectivo 2024

 

Universidad de Cambridge PET (Preliminary English test) – 1º Secundaria: (U$S 205)

Universidad de Cambridge IGCSE (International General Certificate of Secondary Education) 4º Secundaria: (U$S 675)

Universidad de Cambridge IGCSE (International General Certificate of Secondary Education) 5º Secundaria: (U$S 900) más ICE (International Certificate of Education)

British Council IELTS (International English Language Testing System)  6º Secundaria: (U$S 235)

A título de ejemplo el valor del examen del ciclo lectivo 2024 se abonó en pesos al valor de la cotización oficial vigente al momento del pago:

  1. a) PET – 1º Secundaria: equivalente a $ 050
  2. b) IGCSE – 4º Secundaria: equivalente a $ 681.750 (3 materias)
  3. c) IGCSE – 5º Secundaria: equivalente a $ 909.000 (4 materias) más ICE
  4. d) IELTS – 6º Secundaria: equivalente a $ 237.350

 

 

14) ARANCELES ESPECIALES:

Las familias con tres o más hijos/as simultáneamente en nivel Inicial, Primaria y Secundaria gozarán de las siguientes becas:

Tercer hijo/a: una beca en la enseñanza programática.

 

Cuarto hijo/a y siguiente(s): una beca en la enseñanza Programática y y extraprogramática.

Los descuentos mencionados no aplicarán para el Derecho de Inscripción/Reinscripción.

Respecto de aquellos alumnos que tengan un Dispositivo de acompañamiento interno (DAI) o un Proyecto Pedagógico Individual para la inclusión (PPI), previamente se deberá celebrar el respectivo acuerdo entre la Escuela y los responsables del alumno, a los efectos de regular el acompañamiento, planificación y prestaciones correspondientes.

Recursado de materias en el nivel secundario: en caso de que, luego de haber participado en los períodos de intensificación previstos por el Régimen Académico vigente, que la institución brinda sin costo adicional, el alumno deba recursar una o más materias conforme a los criterios vigentes de Evaluación y Acreditación, la escuela podrá cobrar un importe complementario. Este importe tendrá un valor máximo equivalente al  50% del arancel mensual vigente, por cada materia recursada. Dicho monto cubrirá todos los costos asociados al recursado de cada materia.

 

15) RECARGOS:

Después del 1º vencimiento y hasta el 2º, se abonará un recargo correspondiente a la tasa activa del Banco de la Provincia de Buenos en proporción a los días entre vencimientos. Del 2do. vencimiento al 3ro. el recargo será la misma tasa en proporción a los días desde la fecha del vencimiento original. Después del 3º vencimiento se pagará con un recargo mensual calculado por la tasa activa del Banco de la Provincia de Buenos Aires multiplicada por 1,5. Recordamos enviar copia de la boleta de depósito o transferencia con el nombre de la familia.  En caso de no hacerlo, la cuota se considerará impaga.

La mora en el pago de los aranceles facultará al Colegio a condicionar la concurrencia y/o permanencia del alumno/a a determinadas actividades y/o servicios educativos optativos y/o no educativos (por ejemplo, servicio de comedor), según lo dispongan las normas vigentes al momento de producirse el incumplimiento.

Los pagos efectuados serán aplicados, en todos los casos y sin excepción, a la cancelación de saldos que se registren con mayor antigüedad.

En aquellos casos en que se realicen pagos por otros medios distintos a los indicados en el punto 2), como transferencia bancaria, depósito directo en cuenta o depósito en efectivo se cobrará un recargo por gastos administrativos equivalente al 1.5% del valor del arancel

 

16) RESPONSABLES DEL PAGO:

Los adherentes del presente manifiestan que continuarán siendo principales pagadores y responsables del cumplimiento de las obligaciones mencionadas en este Contrato, a pesar que el/la alumno/a adquiera durante la ejecución del mismo la mayoría de edad.  En caso de ocurrir, se comprometen a que el/la alumno/a preste conformidad con el presente Contrato.

17) CONSENTIMIENTO INFORMADO:

  1. a) Tratamiento de datos. De acuerdo con lo establecido en los artículos 5º, 6º y 11º de la Ley 25.326, se solicita la autorización de los Sres. padres para el tratamiento y cesión total o parcial de los datos contenidos en el formulario de admisiones y demás formularios provistos por el Colegio, suyos y de sus hijos/as menores de edad, los cuales serán incorporados a nuestros archivos. Los datos son solicitados para los procesos de reserva de vacante, matriculación y promoción de alumnos/as, así también como para todas aquellas actividades derivadas de la ejecución del Contrato de Enseñanza y las referidas a la comunicación interna y externa del Colegio. La autorización comprende el permiso de cesión a terceros, sean organismos públicos nacionales, provinciales o municipales, otras instituciones o empresas que participan directa o indirectamente en la ejecución del Contrato de Enseñanza, o en las actividades comprendidas en el mismo o en la comunicación de dichas actividades. Les asiste a los padres el derecho de acceso, rectificación y supresión de los datos en nuestros archivos.
  2. b) Tratamiento de imágenes. El colegio elabora frecuentemente distintas piezas de comunicación. Por tal motivo, se solicita la conformidad de los padres que su/s hijos/as sean retratados en fotografías, filmes, videos y demás material de uso institucional. Esta autorización comprenderá además el permiso para que las imágenes sean reproducidas por medios gráficos o fílmicos en papelería, catálogos, cartillas de prensa, afiches, folletos, redes sociales, películas, páginas web y todo otro medio gráfico o electrónico que el Colegio utilice para su difusión institucional. La autorización comprende expresamente la difusión del material habido sin restricciones ni límites temporales y una liberación de responsabilidad al Colegio y sus autoridades por el uso que personas ajenas a la Escuela hagan del material obtenido.

18) NIVEL INICIAL – AUTORIZACIÓN CAMBIADO DE PAÑALES Y/O ROPA

Los docentes y personal del Colegio quedan expresamente autorizados a realizar el cambiado de pañales y/o ropa en caso que sea necesario durante la jornada escolar.

19) EMERGENCIA SANITARIA  y COMPROMISOS

  1. a) Del Plan de Continuidad Pedagógica (PCP): El PCP es el conjunto de acciones institucionales para el desarrollo del proceso de aprendizaje de los/as alumnos/as y que está integrado por el material que determine el Colegio pudiendo ser el mismo en forma presencial, no presencial y/o combinada. El Plan de Continuidad Pedagógica y su implementación se llevará a cabo en el marco de las normativas nacionales, jurisdiccionales e institucionales que correspondan.
  2. b) Emergencia Sanitaria. Modalidades para el dictado de clases y otras actividades. En caso de emergencia sanitaria, el dictado de clases y la realización de otras actividades previstas en el PCP y en el Plan de Estudios / Proyecto Institucional serán ofrecidas bajo modalidades presencial, no presencial y/o combinada. La modalidad será definida de acuerdo a la situación sanitaria imperante en cada momento del ciclo lectivo 2025, adecuada a las normas y condiciones que a tal efecto establezcan las autoridades nacionales, jurisdiccionales y locales, a las características de las instalaciones escolares y a la confirmación de los grupos de estudiantes. La Escuela definirá la modalidad, medios, estrategias y recursos que considere más adecuados al contexto para el desarrollo de la actividad pedagógica, en un todo de acuerdo con la normativa vigente.
  3. c) Aranceles: El arancel de enseñanza es único e indivisible y los importes anunciados contemplan los distintos formatos pedagógicos establecidos en el marco del PCP y las diferentes modalidades para el dictado de clases y realización de otras actividades, así como la posible alternancia y combinación de los mismos. El valor del arancel no se encuentra condicionado a la duración del ciclo lectivo y/o la cantidad de días de asistencia que registre cada alumno/a, quedando establecido que los importes anunciados no serán afectados por ausencias del alumno/a, sea por causas particulares o propias del calendario escolar y/o por decisión de las autoridades gubernamentales.
  4. d) Obligaciones de los progenitores: Los progenitores y/o responsables de los/as alumnos/as asumen la obligación de acompañar las actividades propuestas por la Escuela en cada una de las modalidades posibles con compromiso y responsabilidad, facilitando los medios y herramientas para que los mismos accedan a los procesos educativos a través de las diversas plataformas que pudieran utilizarse.

20) COMPROMISOS.  ACUERDO DE CONVIVENCIA EN SECUNDARIA

Dentro de estas responsabilidades se encuentra el compromiso de las familias de enviar a sus hijos al Colegio con la vestimenta que corresponde a cada día de la jornada escolar.

La convivencia en el nivel Secundario se encuentra enmarcada dentro de la Res. 1650/24 y el Acuerdo Institucional de Convivencia (AIC). Prestar conformidad al presente Contrato Educativo implica conocer y aceptar el AIC. El Consejo de Convivencia Escolar tiene la potestad de, ante incumplimientos graves o reiterados de un alumno, sugerir la aplicación de las sanciones previstas. Dentro de ellas se encuentra, en caso de corresponder, la decisión justificada de que el estudiante no pueda participar de eventos académicos o deportivos  como campamentos o viajes que realizan durante la trayectoria escolar.

 

21) ACEPTACIÓN DEL CONTRATO.

Los progenitores/responsables de los/as alumnos/as deberán prestar conformidad al presente Contrato mediante la aceptación por el procedimiento enviado vía “Handing”

Su ejercicio constituirá la conformidad de los progenitores/responsables de los/as alumnos/as con el presente “Contrato Educativo 2025” para el ciclo lectivo 2025, que se envían con el presente, y con el apartado 17) sobre Consentimiento Informado, en los términos de los artículos 262, 971, 978, 979 del Código Civil y Comercial de la Nación.

Previo al inicio del ciclo lectivo 2025, el Colegio procurará el talón firmado por los responsables de los/as alumnos/as a efectos de su archivo.

El plazo para la recepción de la conformidad se extiende hasta el 10/10/2024, momento a partir del cual el Colegio podrá disponer de las vacantes libres.

Se informa que se encuentra a disposición en la Administración del Establecimiento un ejemplar en soporte físico del Contrato Educativo y de los Reglamentos y otros documentos que lo integran.

El Colegio constituye el siguiente domicilio electrónico info@cardenal-newman.edu en el cual se tendrán por válidas todas las comunicaciones que realicen los responsables de los alumnos.

Los progenitores/responsables de los/as alumnos/as podrán revocar el presente Contrato sin cargo dentro de los 10 días posteriores a la aceptación del mismo. Toda revocación posterior a dicho plazo se regirá por las condiciones generales previstas en el presente Contrato Educativo.

Saludamos cordialmente.

Alberto Olivero – Director General

Instituto de Hermanos Cristianos / Colegio Cardenal Newman (no subvencionado)

Cuit 33-53032704-9

DIEGEP EP Nro. 1361  DIEGEP ES Nro. 4698 DIEGEP JI Nro. 8885

 

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